Cómo presentar la Declaración de la Renta: El “Borrador” y los “Datos Fiscales”

jueves, 21 de mayo de 2020 en IRPF por Administrador

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Cuando nos enfrentamos por vez primera a la Declaración de la Renta nos surgen muchas dudas. Y si esto no fuera suficiente, nos encontramos con una jerga que hace aún más difícil la comprensión de lo que nos traemos entre manos.


El objetivo de este artículo es ser una guía que resuelva las dudas relacionadas con los conceptos que vas a encontrar, o en su caso, hacerte capaz de recopilar la documentación necesaria para que la Asesoría de tu confianza pueda confeccionar correctamente la Declaración.

 

Para ello, debemos ir paso a paso, y el primero de ellos es distinguir si nos encontramos en la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Los criterios para saber si estamos o no obligados pueden ser modificados cada año. Puedes consultar nuestro artículo al respecto en el este enlace, que además incluye un glosario de términos fundamental para entender el significado de los conceptos que vas a encontrar en repetidas ocasiones. Es posible que no estés obligado a presentar la Declaración, pero si el resultado sale a tu favor, te interesará presentarla.

 

El siguiente paso tras verificar que debemos o queremos presentar la Declaración consiste en descargar los “Datos Fiscales” que la Administración pone a nuestra disposición en su plataforma web. ¿Y qué son los Datos Fiscales? Es toda información que tiene la Administración Pública en su poder y pone a nuestra disposición, que contiene datos personales, familiares y económicos a una determinada fecha. Con estos datos, Hacienda ofrece un “Borrador” de tu Declaración, o lo que es lo mismo, una propuesta de Declaración, para que, si consideras que es correcta la presentes, o si por el contrario consideras que es incorrecta, la modifiques, añadiendo o eliminando aquellas partes que están mal.

 

Es muy importante entender esto, pues el ciudadano tiende a pensar que si los “Datos Fiscales” son entregados por la Administración, deben ser correctos. Sin embargo, es muy normal encontrar errores en los que solo tú, como contribuyente, eres responsable si los das por válidos, aunque dichos errores hayan sido cometidos por la Administración. Y es que el único objetivo de la Administración al hacerte entrega de tus “Datos Fiscales” no es otro que facilitarte en la medida de lo posible la labor de confeccionar tu Declaración, todo ello sin hacerse responsables de los datos que ponen a tu disposición.

 

Es en ese momento, al revisar los “Datos Fiscales”, cuando debes entender todos los conceptos que en ellos aparecen, y así contrastar los datos dispuestos por la Administración con los datos que obran en tu poder.  Para ello, te indicamos las instrucciones que debes seguir:

 

  1. Revisar que tanto los “Datos Identificativos” como el “Domicilio Fiscal” son correctos.
  2. Revisar que los “Rendimientos de Trabajo” son correctos, para ello es necesario obtener el/los certificados de retenciones de la empresa pagadora.
  3. Para aquellos autónomos que llevan a cabo una actividad económica por cuenta propia, es necesario solicitar el/los certificados de retenciones de los importes reflejados en el apartado “Actividades Económicas”, que guardan relación con las facturas emitidas a clientes a lo largo del año. También deberá revisar que el gasto por “Cotizaciones a la Seguridad Social o de Autónomo” es correcto.
  4. Revisar los “Rendimientos Explícitos de Capital Mobiliario”. Para ello será necesaria la información de todas las entidades bancarias con las que trabajas, que podrás descargar desde sus webs oficiales, en el apartado “Declaración de la Renta” correspondiente. Esta información bancaria, es también fundamental para revisar, en caso de tenerla, que la información sobre “Préstamos y Créditos sobre Bienes Inmuebles” sea correcta.
  5. En caso de ser propietario de algún inmueble arrendado, observarás el apartado “Arrendamiento de Inmuebles”. En tal caso, será necesario verificar si es correcta la información sobre cada inmueble consistente en:
    1. Porcentaje de titularidad sobre el inmueble (verificar a través de la escritura).
    2. Referencia catastral (verificar a través del recibo del IBI o escritura).
    3. Uso o destino que se le da al inmueble, es decir, si se trata de inmuebles arrendados, si es su vivienda habitual, si se arriendan a familiares o si por el contrario no se arriendan.
    4. Tipo: si es una vivienda, local, parking/trastero, rústico o solar.
    5. Cantidad de días arrendados en el ejercicio y los ingresos percibidos.
    6. Conocer si, en los supuestos de arrendamiento de viviendas, se arrendaron por un periodo superior al año (ver contrato de arrendamiento).
    7. Si es propietario de algún local alquilado, deberá adjuntar el certificado de retenciones.
    8. Para los inmuebles arrendados, se deben adjuntar todos los gastos del año de cada inmueble, que consisten en:
        • Tributos, recargos y tasas: por ejemplo, IBI, tasas de basura, etc.
        • Saldos de dudoso cobro: impagos de inquilinos.
        • Otros gastos deducibles de los que pueda aportar factura: seguros, limpieza, mantenimiento, muebles, facturas que no pague el inquilino, comunidad, etc…
    9. Por último, se debe indicar el número de identificación fiscal, nombre y apellidos de cada inquilino.
  6. Verificar la referencia catastral de todos los inmuebles que sean de su propiedad, a través del IBI o escritura.

 

Para finalizar, hay que destacar que según la Comunidad Autónoma en la que residas, se podrán aplicar algunas ventajas fiscales en forma de reducciones y deducciones que pueden mejorar el resultado de la declaración. Si buscas tanto seguridad como un resultado óptimo en la declaración, la mejor opción es acudir a tu asesoría de confianza.

 

Una vez verificado y modificados los datos, ¡ya has hecho lo más difícil! Solo quedaría presentar la Declaración de la Renta indicando la cuenta corriente sobre la que quiere que realicen la devolución o el cargo en caso de que el resultado sea a pagar.

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