¿Estoy obligado a presentar la Declaración de la Renta?

viernes, 8 de mayo de 2020 en IRPF por Administrador

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Quizá sea esta la primera pregunta que nos hacemos cuando nos enfrentamos por vez primera a la Declaración de la Renta. La mejor manera de resolver esta duda es acudir al cuadro que la Agencia Tributaria publica cada año, el cual indica los supuestos en los que no estás obligado a presentar la Declaración de la Renta.


A modo de ejemplo, adjuntamos a continuación el cuadro publicado para la Declaración de la Renta de 2019.

Hay que destacar que este cuadro viene desarrollado y explicado por la Agencia Tributaria en su página web, pero observarás que se utiliza un lenguaje al que posiblemente no estés acostumbrado, y que puede hacerte difícil su comprensión. Por ello, facilitamos un pequeño glosario con los conceptos más importantes del cuadro, así como ejemplos de los mismos, que esperamos ayuden a despejar todas tus dudas.

 

  1. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO: son las contraprestaciones, dinerarias o en especie, que deriven del trabajo personal. Por tanto incluye rendimientos tales como: los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo, las remuneraciones en concepto de gastos de representación, las contribuciones o aportaciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones.

 

  1. RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO: son los intereses de cuentas bancarias, bonos, obligaciones y, en general, títulos de renta fija, los dividendos de acciones y las plusvalías. En la práctica los rendimientos del capital mobiliario lo conforman los intereses, dividendos, plusvalías, etc. (sin descontar las retenciones efectuadas) que generan nuestras cuentas bancarias.

 

  1. GANANCIAS/PÉRDIDAS PATRIMONIALES: son las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente. Entre otras tenemos las transmisiones (por ejemplo: las herencias), los premios, las pérdidas justificadas que no se deban al consumo o al juego, etc…

 

  1. RENDIMIENTOS DE CAPITAL INMOBILIARIO: son los rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles, cuya titularidad corresponda al contribuyente y no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el mismo.

 

  1. RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS: son aquellos rendimientos generados en nuestra actividad económica (como autónomo), procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores.

Con toda esta información ahora en tus manos, ¿sabes ya si tienes que presentar la Declaración de la Renta? Si sabes la respuesta, nos alegrará saber que el artículo te ha servido de ayuda en los comentarios.

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